El asalto marroquí a la frontera española en Ceuta y la resultante crisis bilateral entre España y Marruecos, que todavía continúa, siguen teniendo repercusiones. Recientemente, por orden del JEMAD, se ha publicado el Marco Legal para el Empleo de las FAS (PDC-02) que, además del uso de la fuerza puramente militar, actualiza los protocolos de actuación para el Ejército de Tierra cuando los soldados tengan que intervenir como agentes de la autoridad en labores de control de población, ya sea por una crisis como la de Ceuta o por una amenaza a la integridad territorial o a la Constitución de España.
El JEMAD busca de esta forma prevenir malas prácticas y blindar las actuaciones de las Fuerzas Armadas frente a cualquier crítica cuando se produzcan situaciones de crisis como la vivida en Ceuta los pasados 17 y 18 de mayo, que por naturaleza son de extrema complejidad y pueden dar lugar a acciones controvertidas, como por ejemplo las devoluciones en caliente.
Cualquier intervención que suscite críticas o polémica puede perjudicar a España a nivel estratégico y en el ámbito internacional, por lo que el énfasis del JEMAD en que la actuación de las tropas como agentes de la autoridad cumpla con todas las expectativas éticas y se ajuste por completo a la legislación española, europea e internacional es de gran importancia para la defensa de la soberanía e intereses españoles. Además, el informe, que fue redactado en junio, proporciona cobertura legal para los soldados que sirvan como agentes de la autoridad, por lo que también sirve para proteger a los militares de cualquier repercusión legal por sus actuaciones.
En el informe, el JEMAD reitera que cualquier uso de la fuerza militar debe estar estrictamente supeditado al imperio de la ley, como corresponde a una democracia constitucional como España, para lo que tropa y oficiales deben cumplir con los principios de legalidad, legitimidad, jerarquía normativa, soberanía y empleo progresivo de la fuerza. Estos principios tienen una importancia añadida cuando los soldados deben participar en detenciones, durante las cuales se deben “extremar” las medidas de precaución y asegurarse que los soldados involucrados poseen una formación adecuada y que respetan los derechos de los ciudadanos y la protección diplomática y consular de los extranjeros. En las actuaciones, el JEMAD reconoce que los militares deben actuar con decisión y sin demora cuando sea necesario, pero al mismo tiempo enfatiza la necesidad de fiscalizar cada intervención y de que haya transparencia tanto con los ciudadanos y detenidos, como con la jerarquía.
El informe también restringe el uso de armas y las normas para su utilización por parte de militares que ejerzan de agentes de la autoridad. Estos sólo podrán emplearlas para evitar un riesgo grave para su vida o para la seguridad ciudadana. Consciente de que cualquier actuación en las fronteras europeas se examina doméstica e internacionalmente y de las graves consecuencias que puede tener para España, el JEMAD enfatiza en repetidas ocasiones la necesidad de que cualquier persona detenida sea tratada humanamente y con respeto a su dignidad, hasta el punto de afirmar que “la tortura y otros tratos o castigos crueles, inhumanos o degradantes están prohibidos”.
En definitiva, este informe de las Fuerzas Armadas demuestra el peligro que genera para España la expectativa de tener que volver a emplear militares en situaciones como el control migratorio o el control doméstico de la población. El impacto negativo de una mala actuación puede ser desproporcionado y es esto lo que explica el reiterado (y excesivo) énfasis en que se respeten la legalidad y los derechos humanos y que cualquier intervención sea ética, fiscalizada, comedida y transparente.