El Tribunal General de la Unión Europea (TUE) anuló el pasado 29 de septiembre el acuerdo pesquero entre la Unión Europea y Marruecos. Según informa Europa Press, la resolución está motiva por haber incluido el Sáhara Occidental, territorio pendiente de descolonización, así como las ventajas arancelarias que el bloque concede a productos de la antigua colonia española en virtud del pacto comercial entre Bruselas y Rabat.
La sentencia del tribunal de Luxemburgo ha estimado dos recursos planteados por el Frente Polisario, pero mantiene la aplicación de dichos acuerdos «durante un cierto periodo de tiempo» para «preservar la acción exterior de la Unión y la seguridad jurídica de sus compromisos internacionales».
En cualquier caso, dicho periodo no podrá exceder el plazo de dos meses. Sin embargo, si alguna de las partes ejerce su derecho de presentar un recurso de casación ante el Tribunal de Justicia, los acuerdos se podrán seguir aplicando hasta que se resuelva el asunto de forma definitiva.
El Tribunal General rechaza los argumentos del Consejo de la UE (los Estados miembros) según los cuales el Frente Polisario carece de capacidad procesal ante el TUE y de legitimidad. La sentencia, en particular, recalca que ambos acuerdos «tienen efectos directos sobre la situación jurídica del Frente Polisario en su calidad de representante de ese pueblo y de parte en el proceso de autodeterminación de dicho territorio».